FUNCIONES DE LA SECRETARÍA GENERAL
Dentro o de sus funciones destacan:
I. Fungir como Secretario del Consejo Educativo Universitario y elaborar y autorizar con su firma las actas del mismo;
II. Certificar la autenticidad de las firmas y la idoneidad de los documentos que expida la Universidad;
III. Coordinar la elaboración del informe anual de actividades de la Universidad;
IV. Asistir con regularidad a las Unidades y dependencias universitarias, presentando al Rector los informes correspondientes;
V. Realizar las funciones y actividades permanentes o especiales que el Consejo Educativo Universitario le confiera; y,
VI. Las demás inherentes a su cargo o que se deriven de la presente Ley, sus Reglamentos o que le encomiende el Rector, de quien será coadyuvante general; La Secretaría General es la responsable de proporcionar al H. Consejo Educativo y a las comisiones establecidas el material y la información necesaria para su adecuado funcionamiento.